ADENDA AL REGLAMENTO

Ley Nº 4.356






(Resol. OSCOPAIPA Nº 19/2010), según Resolución OSCOPAIPA N° 03/2011 (Acta 315 del 14/04/11):

“EXTENDER los beneficios y servicios previstos en el art. 3 incisos e) y f) de la Ley 4.356 a todos los matriculados del COPAIPA que cumplan con la Resolución OSCOPAIPA N° 19/2010 de fecha 19/05/2010 del Acta N° 310 y con la reglamentación que sobre los mismos realice la OSCOPAIPA, sin que ello implique la afiliación de estos matriculados a la Obra Social.”

Ing. Agrónomo Antonio Mangialavori – PresidenteIng. Electricista Daniel R. Poclava y Téc. Mec. Elec. Ernesto Jorge Ibarra – Secretarios



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